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miércoles, 2 de agosto de 2017
EL SEPA HACE UN LLAMAMIENTO A LOS USUARIOS DE LAS PLAYAS PARA QUE RESPETEN LAS INDICACIONES DE LOS SERVICIOS DE SALVAMENTO
Recuerda que con la normativa vigente la bandera roja significa “prohibición de baño”
Los socorristas tienen entre sus funciones velar por la seguridad de los bañistas y advertirles de los riesgos que hay en cada momento
El Servicio de Emergencias del Principado de Asturias (SEPA) hace un llamamiento a los usuarios de las playas para que respeten, las indicaciones que se les realice desde los servicios de salvamento de los distintos arenales asturianos. Los socorristas tienen entre sus funciones velar por su seguridad y advertirles de los riesgos que hay en cada momento.
De acuerdo con los protocolos y normas de funcionamiento recogidos en el Plan SAPLA (Plan de Salvamento en Playas del Principado de Asturias) en aquellas ocasiones, en las que la seguridad y tranquilidad de los bañistas y usuarios se vean afectados por prácticas que contravenga las normas existentes, los socorristas indicarán a los infractores la necesidad de cesar tales actividades y además, a través del Centro de Coordinación de Emergencias del 112 Asturias, informarán de esta situación para que se de traslado de los hechos a la Policía Local o Guardia Civil según corresponda.
Se recuerda que bien a través de una ordenanza municipal o de la normativa de la Dirección General de la Marina Mercante el baño con bandera roja se considera una infracción sancionable.
En Asturias y con respecto al incumplimiento de la prohibición de baño derivado del izado de bandera roja se aplican las siguientes normativas:
· Bando de Capitanía Marítima (Circular 3/1990 de la Dirección General de la Marina Mercante – Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones). Que establece los usos de las playas y contempla entre otras el significado del izado de la bandera roja, considerándolo una prohibición de baño.
· Ordenanzas municipales de uso y Aprovechamiento de Playas en vigor, en la actualidad en los concejos de Gozón, Villaviciosa, Tapia de Casariego, Ribadesella, Castrillón, Caravia y Cudillero. En el caso del baño con bandera roja estas ordenanzas lo contemplan como una infracción grave, bajo sanciones que oscilan, dependiendo de cada ayuntamiento, entre 151 y 1.500 euros.
El SEPA ruega a los usuarios de las playas que atiendan las indicaciones de los socorristas, que sean prudentes y que hagan uso del sentido común ya que con este tipo de actitudes no sólo ponen en riesgo su integridad sino también la de aquellos cuya función es velar por su seguridad.
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