viernes, 29 de enero de 2016

FORO Villaviciosa auto archivo Felgueres-Tielve

 




Ana López: "Hemos tenido acceso al auto de archivo, que, si bien dice “no ostentan la entidad penal suficiente”, sí reconoce explícitamente la existencia de irregularidades en el proceso de contratación, remitiendo a la jurisdicción contencioso-administrativa."
-        Los Servicios Jurídicos de FORO se encuentran analizando la posibilidad del recurso;
-        Instamos al Sr. Felgueres a que se excuse por su acusación reiterada contra FORO de haber interpuesto una “denuncia falsa”, lo que es constitutivo de delito, o en otro caso, a que presente la denuncia correspondiente;

29-Enero-2016 (Villaviciosa)
Tras recibir en la mañana de hoy (veinticuatro horas después que el resto de las partes, por lo que se ha dado instrucciones al Procurador para que exprese nuestro malestar) el auto de archivo de la causa abierta por presunta prevaricación contra los señores Felgueres y Tielve, una vez conocido su contenido y las declaraciones en rueda de prensa del Sr. Felgueres:
El auto indica literalmente que “con independencia de que sí que exista algún indicio de irregularidad en el proceso de contratación, como el hecho puesto de manifiesto en el informe de la Sra. Interventora, respecto a la adjudicación de las obras proyectadas por el Sr. Tielve, indicando que el expediente se inicia directamente con el proyecto de las obras, no existiendo providencia de inicio del mismo, con posible vulneración del lo dispuesto en el artículo 22 del TRLCSP (Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público); o en el hecho, conectado con el anterior, de inexistencia documental de los encargos realizados al Sr. Tielve o a la  1.    empresa Servicios Generales de Ingeniería Civil S.L., respecto de los cuales la propia Interventora manifestó que la única constancia documental que existe en los expedientes es la verificación de las facturas, con lo que los encargos pudieron haber sido verbales; o las posibles discrepancias entre los conceptos de la propuestas de gastos aprobadas y los obrantes en las facturas, pese a coincidir sus importes; las mismas no colman los presupuestos susceptibles de determinar la existencia del delito de prevaricación anteriormente referido.”

2.    Al considerar que no se trata de prevaricación, no entra en más valor de las irregularidades dado que “el control de legalidad de los actos de la Administración corresponde básicamente a la jurisdicción contencioso-administrativa”.

3.    El que el acto no llegue a ser tipificado como prevaricación no quiere decir que no se hayan cometido irregularidades en la contratación, siendo entonces competencia de otra jurisdicción distinta de la penal: sí se confirman irregularidades, pero no de la suficiente entidad como para ser perseguibles "penalmente" pues se exige un particular dolo criminal que no ha podido quedar probado hasta el momento.

En sucesivas ocasiones el Sr. Felgueres nos ha acusado de haber interpuesto una “denuncia falsa a sabiendas”, lo cual es delito, por lo que le instamos a que presente la oportuna denuncia ante el organismo  1.    correspondiente o, en otro caso, lo retire y se excuse por la acusación. Nos reiteramos en la confirmación recogida en el auto de la existencia de indicios de irregularidades en la contratación.

2.    Los Servicios Jurídicos de FORO se encuentran en estos momentos estudiando el auto y valorando la conveniencia del recurso.

3.    Ningún miembro de FORO Villaviciosa dimitirá por actuar conforme a las obligaciones adquiridas al aceptar el cargo de concejal y, lejos de ello, todos y cada uno de los que formamos parte de FORO Villaviciosa, continuando con los principios que desde los comienzos rigen este partido, seguiremos defendiendo el cumplimento de la legalidad y actuando a favor de que todas las responsabilidades derivadas de actos irregulares queden depuradas.


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