El Tribunal Superior de Justicia de Asturias declara la nulidad del despido colectivo de Coto Minero Cantábrico. El fallo obliga a la empresa CMC a la readmisión de los 169 trabajadores , así como al abono de los salarios dejados de percibir.
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha fallado a favor de
la demanda interpuesta por la Federación de Industria de CCOO de Asturias y declara nulo el despido colectivo de 169
trabajadores que se hizo efectivo el pasado 8 de marzo. En este sentido la sentencia,
contra la que cabe recurso de casación, recoge la obligación de Coto Minero
Cantábrico de readmitir de manera inmediata a
los trabajadores, así como el abono de los salarios dejados de percibir.
El colectivo de despedidos prestaba servicio en el interior dle
grupo minero Cerredo, en los centros de trabajo de Degaña y Tormaleo.
Desde el inicio del conflicto la Federación de Industria de CCOO
de Asturias se ha posicionado en contra del expediente de extinción por
considerarlo precipitado dado que ya se había tramitado un expediente temporal anterior
para el conjunto de la plantilla. Así
desde CCOO se solicitó en sucesivas ocasiones la retirada del Ere de despido
colectivo o en su lugar un aplazamiento hasta que se determinara el nuevo marco
normativo del carbón que regula la
actividad minera en materia de producciones, ayudas, ventas, etc.
Desde la Federación de Industria de CCOO de Asturias consideramos
que la empresa acudió a la negociación con un único argumento, el chantaje y la
coacción, toda vez que su propuesta para la retirada del expediente de despido
pasaba por la reducción en un 40% del salario y del resto de las condiciones
laborales. Bajo nuestro punto de vista
se ha constatado que” el despido era una
mera represalia por la negativa de los trabajadores a aceptar una serie de
términos inasumibles, mientras que las representación empresarial mantuvo su
postura inamovible desde el primer momento”.
La Federación de Industria de CCOO siempre sostuvo que no existía causa justificada para el
despido colectivo, dado que al inicio del periodo de consultas ya se encontraba
en vigor un expediente de suspensión temporal por las mismas causas. Por otra
parte la redución de la producción de carbón subsidiado ha sido en el año 2012
del 13,51%, muy lejos del 35% que argumentaba la empresa.
Así pues la Federación de Industria de CCOO de Asturias exige a la
dirección del grupo CMC la aplicación
inmediata de la sentencia y la normalización de la actividad en sus
centros de trabajo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario